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Normas para la elaboración y presentación del Trabajo Especial previsto en el Reglamento de Estudios de Postgrado de la Universidad Central de Venezuela (art. 22 letra d) como requisito para obtener el titulo de Especialista. Aprobadas por la Comisión de Estudios de Postgrado el 31-1-1990 y modificadas por las Normas Internas de Permanencia aprobadas por el Consejo de Facultad el 17-05-2001.
1.-El
Trabajo Especial debe ser individual y ha de constituir un aporte original
de investigación o reflexión personal de su autor sobre un tema
vinculado al Curso de Especialización que haya cursado o esté cursando.
Podrá consistir en el análisis
crítico, a partir de la doctrina y de la jurisprudencia, nacional o
extranjera, de un fallo judicial de importancia, o bien de leyes vigentes
o de proyectos. Podrá versar igualmente sobre alguna institución
concreta o sobre hechos o documentos relevantes para el área de estudios
y contener proposiciones o conclusiones que sean
producto de la aplicación de conocimientos, métodos y técnicas
adquiridos en el curso.
Deberá contener el señalamiento
de las fuentes bibliográficas o de otro tipo empleadas en su elaboración,
así como la descripción del método utilizado, todo de acuerdo con los
usos comúnmente aceptados.
Su extensión no deberá ser
menor de 30 páginas tamaño carta, a computadora y a doble espacio.
2.-El tema deberá ser
propuesto para su aprobación al Comité Académico del curso, con
indicación de la metodología a seguir, fuentes y solicitud de
nombramiento de tutor.
3.-El Trabajo Especial deberá
ser elaborado bajo la guía de un tutor designado por el Consejo de
Facultad, a proposición de la Comisión de Estudios de Postgrado y previa
opinión del Comité Académico.
4.-El Trabajo Especial podrá
ser presentado, previa autorización del tutor, por los cursantes que
hayan aprobado veinte (20) créditos o transcurridos cuatro (4) períodos
académicos según sea lo que ocurra primero. Dicho trabajo deberá ser
presentado en todo caso en un lapso de cuatro (4) años contados desde el
momento en que el aspirante inició el Curso de Especialización
correspondiente.
5.-El Trabajo será defendido
ante un jurado integrado por el tutor y dos profesores designados por el
Consejo de Facultad. A este efecto, el tutor convocará al jurado dentro
de un lapso de tres (3) meses contados desde la presentación del trabajo.
El jurado rendirá su veredicto, por escrito, dentro de las veinticuatro
(24) horas siguientes a la defensa del trabajo. Si el jurado lo estima
conveniente, podrá aprobar el trabajo con mención "bien" o
"muy bien" y así mismo recomendar su publicación.
6.- Quien haya sido objeto de
rechazo de un Trabajo Especial, Trabajo de Grado o Tesis Doctoral podrá
reinscribir el tema sólo una vez más, pero no podrá solicitar el examen
respectivo a la Comisión de Estudios de Postgrado hasta pasado 1 año a
partir de la fecha de publicación del veredicto. Al caso se le aplicarán
los aranceles correspondientes.
7.- Quien por segunda vez haya sido
objeto de rechazo de un Trabajo Especial, Trabajo de Grado o Tesis
Doctoral deberá presentar un plan de trabajo en el cual se incorpore una
nueva propuesta de Proyecto de Trabajo Especial, Trabajo de Grado o Tesis
Doctoral, avalado por el candidato a tutor y una solicitud de
reconocimiento de créditos cuyos aranceles deben ser cancelados así como
los de preinscripción e inscripción (Reincorporación Tipo D. Normas
Generales de Rendimiento Mínimo Académico). 8.-
Los casos no previstos en las presentes normas serán resueltos por la
Comisión de Estudios de Postgrado, oída la opinión del Comité Académico
del Curso que se trate.
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